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Rosa
Fecha: 26/02/2011
Hora: 1:11
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La mujer muerta en Reus a manos de su pareja pidió antes de morir que se revocara la orden de alejamiento
El hombre sigue en paradero desconocido mientras vecinos y allegados claman justicia con una concentración
La mujer de Reus, de 44 años, que fue encontrada ayer muerta en su domicilio, pidió una semana antes a la Guardia Urbana que revocara la orden de alejamiento que pesaba sobre su compañero sentimental y supuesto autor del crimen.

Según informan fuentes judiciales, el pasado 16 de febrero el juzgado de guardia de Reus recibió unas diligencias informativas procedentes de la Guardia Urbana de esta localidad donde se explicaba que Montse había acudido a la policía especificando que deseaba retirar la orden de alejamiento que pesaba sobre su pareja porque consentía que él accediera al domicilio. Según estas fuentes, la víctima ya había manifestado en anteriores ocasiones esta misma decisión.

Los Mossos d'Esquadra buscan al compañero sentimental de Montse M., la mujer de 44 años asesinada anoche en su vivienda de Reus (Tarragona), como el presunto autor del crimen.

Se trata de un ciudadano ecuatoriano, de 34 años, y de color. El sospechoso tenía una orden de alejamiento desde el 2006, según estas fuentes, que aún estaba vigente, pese a lo cual la pareja convivía, con el consentimiento de las dos partes, desde hacía tiempo y haciendo una vida normal y familiar.

Por otra parte, el juzgado de guardia de Reus que se encargó de las primeras diligencias de este caso se ha inhibido hoy en favor del juzgado de Violencia sobre la mujer de la localidad, que de ahora en adelante seguirá con las diligencias. Las diligencias de la causa fueron declaradas secretas ayer por la tarde. Fue la propia hija de la pareja, de cinco años de edad, la que avisó de la muerte de su madre, que recibió una puñalada en la espalda, ayer por la mañana, cuando, tras pasar la noche con el cadáver de su madre en el domicilio, acudió sola al colegio, donde explicó a los profesores lo sucedido.

Unas 200 personas condenan en la localidad esta nueva víctima Para rechazar la violencia contra las mujeres y para solidarizarse y mostrar el dolor por la muerte de su vecina y amiga, unas 200 personas residentes en Reus se han concentrado hoy en la Plaza del Mercadal.

Principalmente amigos de Montse M y allegados han guardado cinco minutos de silencio, rotos por los gritos de "Montse, t'estimem!" (Montse, ¡te queremos!). Asimismo, ha asistido una representación de la escuela de la hija de cinco años de la víctima, que fue quien denunció a sus profesores la muerte de su madre.

Por su parte, el alcalde de Reus, Lluís Miquel Pérez, se ha referido en un breve parlamento al mal que causa a los pequeños vivir en un entorno con violencia, y ha recordado que la víctima era hija de un trabajador municipal y estaba muy vinculada a las actividades del colegio al que asistía su hija.

Los Mossos d'Esquadra prosiguen la búsqueda del principal sospechoso, un ciudadano ecuatoriano de 34 años, compañero sentimental de la víctima, que fue condenado en el 2006 por agredirla y en el 2010 por quebrantar una orden de alejamiento.
lA vANGUARDIA

Jordi
Fecha: 06/03/2011
Hora: 10:40
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El Gobierno aprueba el régimen procesal para las empresas imputadas penalmente
(LA LEY 4484/2011)
Diario de Noticias, 4 Mar. 2011, Editorial LA LEY
El proyecto de Ley de Agilización procesal regula la intervención de las personas jurídicas en el proceso en calidad de imputadas. Además, la futura norma limita el recurso de apelación y eleva a 800.000 euros la cuantía para recurrir al Supremo. Victoria Martínez-Vares/Agencias- El Gobierno ha aprobado hoy para su remisión a las Cortes el proyecto de Ley de Agilización Procesal. El texto reforma determinados preceptos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que regulan la intervención de las empresas en el proceso en calidad de imputadas, como consecuencia del cambio de paradigma operado por la última reforma del Código Penal que introdujo la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
La posibilidad abierta por la reforma operada por la Ley Orgánica 5/2010, en vigor desde el pasado 23 de diciembre, de imputar y condenar a la empresa por los delitos que cometan y toleren sus directivos requería que, de forma urgente, se produjera esta modificación procesal que indique a los jueces cómo operar con las empresas imputadas.
El Gobierno, a través de esta reforma, da respuesta a una demanda planteada al Ministerio de Justicia por todos los operadores jurídicos que habían expresado su preocupación por el hecho de que la reforma del Código Penal, en este punto, naciera lastrada por la falta de un régimen procesal adecuado. De hecho, en múltiples foros se había urgido a que la futura reforma de la LECrim contemplara la posibilidad de articular mecanismos procesales que permitan al juez indagar previamente para evitar que, ante una denuncia contra una empresa, se tenga siempre que citar como imputado a su representante legal.
El Gobierno espera que el proyecto de Ley de Agilización Procesal sea aprobado por las Cortes antes del verano ya que, según explicó, el secretario de Estado de Justicia, Juan Carlos Campo, no esperan grandes objeciones a la norma por parte del PP.
AGILIZAR PROCESOS
El proyecto de Ley de Medidas de Agilización Procesal, aprobado hoy, tiene como finalidad agilizar el funcionamiento de los tribunales civiles y contencioso-administrativos. En concreto, elimina el recurso de casación en juicios inferiores a 6.000 euros y eleva la cuantía para recurrir en casación al Tribunal Supremo en estos órdenes, que pasa de 150.000 a 800.000 euros.
El proyecto, propuesto por el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, pretende "suprimir trámites innecesarios", acortar los tiempos de espera que deben afrontar los usuarios de la Administración de Justicia y limitar el "uso desproporcionado" de instancias judiciales, según ha informado el Ministerio.
Durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el vicepresidente primero, Alfredo Pérez Rubalcaba, ha justificado el proyecto en la necesidad de agilizar el funcionamiento de la Justicia y ha asegurado que supondrá una mejora en términos económicos y también contribuirá a lograr una Justicia más ágil, moderna y eficaz.
En este sentido, el departamento de Francisco Caamaño ha subrayado que la reforma afecta a dos órdenes jurisdiccionales "de enorme trascendencia" para la actividad económica y, en consecuencia, beneficiará a consumidores, pequeñas y medianas empresas y a la competencia del mercado.
En concreto, la reforma elimina el recurso de apelación en los juicios verbales en los que se reclame una cantidad inferior a 6.000 euros, de modo que la sentencia de primera instancia devendrá firme. El secretario de Estado de Justicia, Juan Carlos Campo, justificó esta medida en la alta cualificación de los jueces españoles y en que el 85 por ciento de los recursos confirman las sentencias anteriores.
Se elimina también el trámite de anuncio y preparación de recursos, que pasarán a formalizarse en un solo escrito con el objetivo de reducir tiempos y evitar dilaciones por un exceso de trámites.
En cuanto al recurso de casación, el proyecto de ley pretende reforzar el papel del Tribunal Supremo en su misión de unificar doctrina y eleva a 800.000 euros la cuantía mínima para recurrir en casación en los órdenes contencioso-administrativo y civil, cantidad que permanecía inalterada desde los años 1998 y 2000 respectivamente.
PROCESO MONITORIO
En el proceso monitorio --procedimiento para reclamaciones de deuda acreditadas documentalmente-- se suprime el límite máximo de 250.000 euros y se equipara así al sistema monitorio europeo.
En relación con los procesos especiales para la tutela del crédito, se incorpora el renting (alquiler a largo plazo con derecho a compra) al régimen procesal especial, que ya estaba previsto para la protección de contratos similares como el leasing, en cuanto a la recuperación de los bienes entregados en arrendamiento.
Además, se incorporan modificaciones que implican una mejora y racionalización técnica, como la supresión de trámites innecesarios en la fase probatoria y la eventual eliminación de la vista cuando las partes están de acuerdo al tiempo que se clarifica el régimen jurídico de las medidas cautelares más urgentes.
VENCIMIENTO DE COSTAS PROCESALES
En materia de costas procesales para los procesos de única o primera instancia se incorpora el criterio del vencimiento y se ofrece la posibilidad de que el órgano judicial pueda exonerar de las mismas cuando concurran circunstancias que justifiquen su no imposición.

Sara
Fecha: 07/03/2011
Hora: 22:26
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El TSJC revoca la sentencia de CCOO favorable a la homologación por silencio administrativo positivo
La Sala estima el recurso de apelación presentado por Educación ante la única sentencia que "cuestionaba la forma, no el fondo"14/dic/10 17:29 0/4Nada interesanteDel montónInteresanteMuy interesante0 votosEdición digital.

Las Palmas de Gran Canaria, Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha revocado la sentencia que estimaba el recurso presentado por Comisiones Obreras (CCOO) favorable a la homologación por silencio administrativo positivo.

La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias ha ganado el recurso de apelación presentado ante el TSJC contra la sentencia del Juzgado número 2 de Santa Cruz de Tenerife, de 24 de mayo de 2010, que estimaba el recurso presentado por el sindicato a la Resolución de la Dirección General de Personal el 12 de junio de 2007, y declaraba que, debido al tiempo transcurrido, se ha producido un silencio administrativo positivo.

Así lo informa el Ejecutivo regional en un comunicado, en el que sostiene que la estimación del recurso presentado por la Consejería a la "única" sentencia favorable a la demanda de homologación --que se centraba en "una cuestión de forma y no de fondo"--, significa que el Gobierno lleva "ganadas" la totalidad de las sentencias emitidas hasta la fecha por los tribunales canarios, tanto en primera instancia como en apelación. Todas ellas, las 34, rechazan la existencia del derecho y confirman que la Ley 4/1991 tenía una vigencia de 5 años.

Sara
Fecha: 07/03/2011
Hora: 22:28
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(Respuesta al anterior mensaje)

NO CABE RECURSO

El nuevo fallo del TSJC, ante el que no cabe recurso, revoca la sentencia de la instancia declarando ajustada a derecho la resolución de la administración, a la vez que desestima la demanda del sindicato.

En este sentido, la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC concluye que la pretensión del sindicato CCOO sobre que se continúe actualizando las retribuciones del personal docente en paridad a los funcionarios de la Administración autonómica, incluso con determinación de las cuantías correspondientes según los cálculos del propio sindicato, no tiene amparo en el precepto alguno de la Ley 4/1991.

"No se trata de un derecho subjetivo reconocido o preestablecido por una norma, sino de una pretensión cuyo reconocimiento entra dentro del ámbito discrecional en cuanto a su posible estimación y se configura como un derecho de petición sobre el que el silencio opera con carácter desestimatorio de conformidad con el artículo 43.2 de la LRJAP", señala.

RECONOCIMIENTO

El TSJC considera que "la sentencia de instancia parte de un presupuesto incorrecto, al considerar que los recurrentes están pidiendo un reconocimiento atribuido por la Ley 4/1991, de 29 de abril, de homologación de retribuciones de los funcionarios docentes que prestan servicios en Canarias, y por Decreto 259/1989 de homogenización de los niveles".

Sin embargo, "entendemos que la citada ley lo que establecía como objetivo era un incremento del complemento específico del personal docente en las cuantías concretas establecidas en el Anexo y en los términos estipulados por el decreto", apostilla.

Todas las sentencias individuales emitidas por los tribunales son favorables a la Administración educativa hasta la fecha y desestiman el derecho a la homologación. Varias de ellas son recursos de apelación que confirman también que la Ley 4/91 tenía una vigencia de cinco años.

Asimismo, el Gobierno subraya que ha ganado los recursos de apelación presentados ante el TSJC, Sala de lo Contencioso Administrativo, donde la Sala se pronuncia también sobre el fondo del asunto.

No en vano, señala que "la sentencia apelada se pronuncia adecuadamente, con argumentos que la Sala comparte plenamente, en el sentido de que el Dictamen del Consejo Consultivo de Canarias 85/2008 indica que la homologación retributiva de los funcionarios docentes prevista en la ley 4/91 se anudó a un parámetro material de aplicación, el decreto 259/89, y a un parámetro temporal de consecución, el plazo de cinco años ligitoso".

LA HOMOLOGACIÓN, CONCLUIDA

"Por lo que, concluido tal periodo, se considera concluida la homologación, no pudiendo la misma extenderse a periodos nuevos. A mayor abundamiento --continúa el TSJC-- debe indicarse que esta Sala ha resulto ya la misma controversia en reciente sentencia de fecha 5 de marzo de 2010, procediendo, por tanto, asimismo la aplicación del principio de unidad de doctrina".

En los mismos términos se pronunciaron los magistrados de los tribunales ordinarios de lo Contencioso-Administrativo al considerar en todas ellas que la Ley 4/1991 finalizó en 1995 y que la exposición de motivos de la ley ya señalaba un plan de cinco años de incrementos retributivos que se aplicaría sobre el Complemento Específico de los docentes.

Según una sentencia del Juzgado número 3 de Las Palmas de Gran Canaria, "la misma norma ya dice que, una vez concluido dicho plan, se considerará lograda la homologación con las retribuciones de los funcionarios no docentes al servicio de la CCAA".

El Ejecutivo apunta también una resolución del Juzgado número 5 de la capital grancanaria en la que se reitera que "la homologación retributiva de los funcionarios docentes prevista en la Ley 4/91 se anudó a un parámetro material de aplicación, el decreto 259/89, y a un parámetro temporal de consecución, el plazo de cinco años, por lo tanto concluido dicho periodo temporal se considera concluida la homologación, que por tal razón no puede extenderse a periodos nuevos ni distintos".

Por su parte, otra resolución del Juzgado número 4 de Santa Cruz de Tenerife remarca que "el fondo del asunto es el alcance temporal y material del derecho a la homologación". "Esta ley 4/91 no contempla una homologación indefinida abierta con vocación de futuro, sino con efectos y vencimientos hasta 1995. La prolongación en el tiempo no tiempo amparo en la Ley 4/91 que creó el referido complemento", detalla.

Jordi
Fecha: 08/03/2011
Hora: 20:55
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Según la estadística mercantil de 2009, las sociedades profesionales han hecho irrupción de forma contundente, 3.034 en 2008 y casi 2.000 en 2009, frente a las 353 de 2007. Pese a ello, los expertos consideran que aún hay muchas sociedades que, prestando servicios profesionales, no han procedido a adaptarse a la norma, en parte como consecuencia de la incertidumbre generada por el propio Ministerio de Justicia. Como se recordará, la Dirección General de Registros y del Notariado asestó una estocada a la ley al abrir una escapatoria para evitar el imperativo de la norma: ser sociedades de intermediación entre profesional y cliente. Posteriormente, la Audiencia Provincial de Valencia remedió dicha situación al anular la resolución del Centro Directivo, pero el debate sigue abierto. Según consta en la sentencia del Juzgado Mercantil de Las Palmas, el Supremo ha admitido un recurso de casación contra dicha sentencia por lo que habrá que esperar a conocer el juicio interpretativo del Alto Tribunal. Entre tanto, la resolución del magistrado Alemany supone un claro aviso a navegantes. La LSP estableció un plazo perentorio para la adaptación. Y, tal y como advertía el registrador José Antonio Miquel Silvestre, «la sanción en caso de incumplimiento es draconiana: la sociedad quedará disuelta de pleno derecho y el Registrador Mercantil cancelará inmediatamente de oficio sus asientos».

Carmen
Fecha: 10/03/2011
Hora: 19:57
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El Congreso aprueba la reforma de las políticas activas de empleo, que se tramitará como proyecto de ley
(LA LEY 4682/2011)
Trabajo dice estar «muy orgulloso» por la convalidación del decreto de la reforma de las políticas activas de empleo y espera que se convierta en proyecto de ley en dos mesesEl Gobierno ha logrado la convalidación del decreto de la reforma de las políticas activas de empleo en el Congreso de los Diputados, gracias al apoyo de CiU y del PSOE (179 diputados), frente a los votos en contra de BNG y UPyD (tres diputados) y las abstenciones de PP, PNV, ERC, IU y ICV (160 diputados). Además, la Cámara Baja ha aprobado por unanimidad su tramitación como proyecto de ley.
El ministro de la Presidencia, Ramón Jáuregui, defendió ante la Cámara Baja el decreto para mejorar la empleabilidad y formación de los parados en sustitución del titular de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, quien ha interrumpido su actividad durante esta semana por enfermedad.
Jáuregui justificó la «urgencia» de la reforma de las políticas activas de empleo en los 1,2 millones de desempleados procedentes del sector de la construcción y en que el decreto deriva del pacto social y económico suscrito entre los agentes sociales y el Gobierno el pasado 2 de febrero.
La medida más llamativa es la implantación y desarrollo de un modelo de atención personalizada a las personas en paro a través de itinerarios personalizados e individuales de empleo, al que se accederá con la firma de un acuerdo personal de empleo (APE).
Dicho acuerdo implicará el compromiso de la persona beneficiaria del itinerario a participar activamente en acciones para mejorar su empleabilidad y a buscar activamente un empleo o poner en marcha una iniciativa empresarial. Por su parte, el servicio público de empleo se encargará de asignar y hacer el seguimiento de dichas acciones.
Así pues, el ministro, que también entró en las quinielas para sustituir a Celestino Corbacho al frente de Trabajo, consideró «inaplazable» la convalidación de la reforma de las políticas activas porque sitúa a los servicios de empleo entre los «mejores instrumentos» para la gestión del capital humano, en alusión a los 1.500 nuevos orientadores que se sumarán a los 1.500 ya existentes desde 2008.
MARI LUZ RODRÍGUEZ, EN EL CONGRESO.
La secretaria de Estado de Empleo, Mari Luz Rodríguez, que siguió la intervención de los grupos parlamentarios para fijar su posición, se mostró «muy orgullosa» por la convalidación y confió en que el decreto se convierta en proyecto de ley en «unos dos meses».
«Hoy es día muy importante para más de cuatro millones de parados, que se podrán beneficiar de derechos para prepararse a volver al trabajo», explicó la secretaria de Estado a los periodistas antes de marcharse del Congreso.
La diputad del PP, por su parte, rechazó la aprobación del decreto ante el «galimatías» jurídico que generará en parados y comunidades autónomas, al tiempo que reprobó la utilización del decreto porque «hurta» la soberanía de la Cámara.
Jáuregui contrarrestó asegurando que la reforma persigue «hacer más eficiente» el gasto de 7.300 millones de euros destinado a la ejecución de políticas y programas de empleo, que depende de las comunidades autónomas. «No se trata de un salto al vacío porque están en la esencia del acuerdo social y económico», subrayó el ministro.
PP: «GALIMATÍAS QUE PRODUCE BOCHORNO SOCIAL».
Para la diputad 'popular', la reforma produce «bochorno social» y acusó al Ejecutivo de ser un «trilero» que «sólo» busca la foto y «vende humo». «Los parados necesitan de un Gobierno que no venda humo», remachó.
La diputada de UPD Rosa Díez reprochó a Jáuregui la «urgencia» de la reforma de las políticas activas, al recordar que modifica una ley de 1956, por lo que censuró que «lo extraordinario se convierta en norma». Además, echó en cara al ministro que apelara al pacto 'anticrisis', pues consideró que de esta forma se «pervierte» la Democracia.
«No vemos que con el decreto se inste al Gobierno a que mantenga el compromiso con los servicios públicos de empleo para reforzar los recursos humanos y materiales», expresó la diputada del BNG Olaya Fernández.
IU: «GOTA DE AGUA EN UN DESIERTO».
Por su parte, el portavoz de IU en el Congreso, Gaspar Llamazares, se mostró «escéptico» ante cómo el Gobierno prevé combinar que esta reforma favorezca el empleo con la privatización y el recorte del gasto. «Es sólo una gota en un desierto», valoró.
Mientras, el diputado de ERC Joan Tardá acusó a Jáuregui de «simplista», al considerar que el ministro obvió durante su defensa del decreto elementos «contaminantes». «Nos da igual la formalidad de que los decretos no recojan reformas estructurales», ironizó el portavoz del PNV, Emilio Olabarría.
Ante la avalancha de críticas de las minorías de izquierda, el diputado de CiU Carles Campuzano se congratuló de que la reforma de las políticas activas garanticen un cambio «sustancial» de la empleabilidad y dote de «mayor flexibilidad y libertad» a los parados. Además, confió en introducir durante su tramitación como proyecto de ley medidas que favorezcan a los autónomos y a los discapacitados. Informó Europa Press

Carmen
Fecha: 11/03/2011
Hora: 20:47
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Noticias. com» Provincias » Valencia » Ley de custodia compartida incluirá relación de... Fuente: AdnLey de custodia compartida incluirá relación de otros familiares con menores
Mar 11, 2011 | Adn

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La futura ley de Custodia Compartida que se encuentra en fase de tramitación en Les Corts Valencianes incluirá también la regulación las relaciones familiares de los menores cuyos progenitores no conviven con sus hermanos, abuelos y otros parientes y personas allegadas.

Así lo recoge una enmienda pactada en la comisión parlamentaria de Gobernación, en la que se han debatido las enmiendas de los grupos a esta ley, cuya aprobación dependerá de que se convoque o no un último pleno antes de finalizar la legislatura, destinado a la aprobación de los textos legislativos pendientes.

Los parlamentarios han aprobado un total de 26 enmiendas transaccionales, de las que quince provenían de propuestas del grupo Compromís, nueve de EU y dos del PSPV.

De esta manera, la ley, que regula las relaciones familiares de los progenitores que no conviven con los hijos e hijas sometidos a su autoridad parental, contemplará también la relación de estos menores con sus hermanos, abuelos, otros parientes y personas allegadas.

Asimismo, se establecen algunas precisiones respecto al uso de la vivienda, al añadir, en caso de que la residencia se atribuya a uno de los progenitores, el establecimiento de "una compensación" para el otro, "teniendo en cuenta las rentas pagadas por alquileres de inmuebles similares en la zona".

La ley también concreta lo que se entiende por régimen de convivencia compartida e individual, por régimen de relaciones o por pacto de convivencia, y precisa que los gastos ordinarios son aquellos que los hijos precisen de forma habitual a lo largo de una anualidad.

Carmen
Fecha: 12/03/2011
Hora: 22:28
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El Supremo desestima suspender de momento la limitación de velocidad a 110 km/h
(LA LEY 4767/2011)
Diario de Noticias, 11 Mar. 2011, Editorial LA LEY
Postpone las decisión de adoptar las medidas cautelares pedidas hasta escuchar al Gobierno y a los demandantes-Madrid.- El Tribunal Supremo (TS) ha determinado que no procede suspender de momento la limitación de velocidad a 110 km/h impuesta por el Gobierno desde el pasado 7 de marzo en autovías y autopistas como medida de ahorro energético. No obstante, el tribunal, que todavía no se ha pronunciado sobre si el nuevo límite es legal o no, ha convocado en los próximos cinco días al Gobierno para valorar si procede suspender cautelarmente la nueva limitación mientras estudia el recurso.
La empresa de gestión de multas 'Dvuelta' y la plataforma 'Movimiento 140' presentó el pasado lunes un recurso contra el nuevo límite ante el tribunal en el que pedía que se suspendiera de manera cautelar, con carácter "provisionalísimo" (antes de escuchar a las partes), la nueva limitación.
En el fallo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, al que ha tenido acceso Europa Press, el Supremo rechaza esta petición y señala que tomará la decisión sobre si suspender temporalmente la limitación de velocidad a 110 km/h en autopista y autovía mientras estudia el recurso, tal y como pide Dvuelta y 'Movimiento140, después de escuchar al Gobierno y a los demandantes.
El Supremo recuerda que para que proceda adoptar una medida cautelar sin escuchar a las partes es preciso que "concurran circunstancias de especial urgencia" que se sumen a las razones para adoptar medidas cautelares. Sin embargo, el tribunal argumenta que, en este caso, no hay "razones de especial urgencia que lleven a decidir sobre la medida cautelar solicitada sin oír a la Administración del Estado".
Asimismo, el Supremo recuerda que la limitación a 110 km/h se trata de "una cuestión en la que están involucrados importantes intereses generales como lo son la seguridad vial y, en su caso, los de orden económico" por los que se tomó la medida, por lo que considera que antes de decidir si suspende temporalmente o no el nuevo límite para autopistas o autovías mientras estudia el recurso hay tiempo para escuchar las razones del Gobierno.
En este sentido, señala que la tramitación de las medidas cautelares pedidas por Dvuelta y 'Movimiento140', aún cuando se espere a escuchar al Gobierno, será "lo suficientemente rápida como para que concluya en fecha muy anterior al referido plazo de cuatro meses", que es el tiempo en el que va a estar en vigor de momento la nueva limitación.
RECURSO DE DVUELTA Y 'MOVIMIENTO140'
En el recurso presentado por Dvuelta y 'Movimiento140', ambas entidades argumentan que el Real Decreto es contrario a la Ley de Tráfico, ya que fija con carácter general un límite de velocidad sin atender a los "únicos criterios" que, en opinión de los demandantes, el Gobierno puede tener en cuenta según la Ley de Tráfico: la seguridad vial.
Para esta compañía y esta plataforma, sería necesaria una modificación de la Ley de Tráfico, con su consiguiente trámite parlamentario, para que, haciendo uso de ella, el Gobierno pueda modificar los límites de velocidad atendiendo únicamente a criterios de ahorro energético.
"El ahorro energético no puede constituir la causa de reducción de los límites de velocidad a tenor de la Ley de Seguridad Vial, puesto que tal particularidad no aparece recogida en ninguno de los artículos que contienen", subrayan.
Asimismo, los demandantes señalan que el Gobierno podría haber invocado, tras información pública de tal situación, el estado de escasez de suministro petrolífero, como expresa la Ley del Sector de Hidrocarburos, para modificar los límites de velocidad, pero recuerdan que el Ejecutivo ni ha utilizado la Ley del Sector de Hidrocarburos ni ha reconocido que España se encuentre en esa situación.
Dicha Ley especifica que, previamente a una medida como la aprobada, el Gobierno tiene que declarar expresamente que el país se encuentra en situación de "escasez de suministro petrolífero", situación que no se ha producido, por lo que, a juicio de Dvuelta y Movimiento140, el Real Decreto "vulnera igualmente esa Ley del Sector de Hidrocarburos".
Por otro lado, Dvuelta y Movimiento140 indican que al rebajar el límite de velocidad, "la norma modifica además la tipificación de delitos contra la seguridad del tráfico sin tener en cuenta el bien jurídico protegido". "Esa rebaja del límite penal resulta totalmente antijurídica, por cuanto no guarda relación con el bien jurídico a proteger, que es la seguridad vial, la evitación de los accidentes, y las consecuencias de éstos", subrayan. Dvuelta aconseja recurrir todas las sanciones impuestas por sobrepasar el límite de 110. Informó Europa Press.

Carmen
Fecha: 13/03/2011
Hora: 20:06
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El presidente del TSJ de Madrid denuncia que la restricción de presupuesto menoscaba el servicio público de Justicia
(LA LEY 4764/2011)
Diario de Noticias, 11 Mar. 2011, Editorial LA LEY
El decano de Madrid aboga por implantar tasas judiciales para evitar determinados pleitosMadrid.- El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Francisco Javier Vieira, ha denunciado este jueves que las restricciones de presupuesto tanto en el Gobierno central como en el autonómico debido a la situación de crisis económica está menoscabando el derecho de los ciudadanos a la tutela judicial efectiva, así como a la eficacia que este servicio público debería tener.
Así lo manifestó en el marco de la jornada 'Incidencia de la Crisis en la Administración de Justicia', organizada por la Asociación de Jueces Concepción Arenal, en la que se analizó cómo está afectando la actual situación económica en la Administración de Justicia española, con especial incidencia en la jurisdicción civil y social.
En su intervención, Vieira ha expuesto los efectos perniciosos de la crisis económica sobre la Administración de Justicia, siendo los más inmediatos el aumento de asuntos civiles y sociales con motivo del paro.
Respecto a los asuntos, ha indicado que en 2010 hay una ligera reducción de carga de trabajo, si bien se mantiene el crecimiento en ámbitos como en lo Mercantil, con un 16,16 por ciento más de carga que en 2009, y en Familia, con un 30 por ciento más. Además, la jurisdicción civil aumento un 1 por ciento, la Penal un 3 por ciento y la Social un 5 por ciento.
Asimismo, ha recalcado que uno de los efectos es la restricción presupuestaria a este ámbito judicial, lo que a su juicio produce menoscabo del servicio público y afecta a la eficacia que se pretende que se produzca.
Así, ha indicado que la falta de presupuesto produce demoras en reparaciones de instalaciones judiciales y limitación en la puesta en marcha de refuerzos en órganos sobrecargados por parte de la Comunidad y el Consejo General del Poder Judicial.
SIN CUBRIR LAS VACANTES
Vieira también ha subrayado que la escasez de dotaciones económicas hace que se ralentice cubrir vacantes de plazas de funcionarios de Justicia e incluso demoras en nombramientos de funcionarios. Además, ha dicho que se producen prórrogas de órganos judiciales cuya creación estaba prevista para 2010, así como aplazamientos en propuestas de creación de nuevos juzgados.
"Parece que la crisis económica no produce incrementos constantes, sino otros efectos", ha indicado Vieira, quien ha recalcado que la situación ha provocado que se conciencie en lo relativo a la optimización de recursos.
"Se optimizan más los procesos y las advertencias se atienden por parte de las instituciones. Las reformas van teniendo cuerpo. Lo que se reclamaba de forma insistente al Parlamento sobre medidas para reducir la litigiosidad, ahora ya se escucha y hay proyectos concretos de reforma de leyes procesales", ha indicado.
"Ahora, hay que poner en valor la verdadera tutela judicial y dar un nuevo valor a los recursos para que todos puedan acceder a una tutela judicial efectiva. Aprovechar la coyuntura para solucionar problemas que arrastra, entre ellas a la situación de los jueces suplentes y sustitutos para aprovechar la experiencia y su preparación", ha señalado.
Asimismo, ha expresado su aprecio a los jueces y magistrados sustitutos y ha asegurado que le parece injusto que se cuestione su labor. Así, ha querido poner en valor su función para el funcionamiento de la administración, que colabora en la difícil labor de administrar justicia.
TASAS JUDICIALES
Por su parte, el decano de los jueces de Madrid, José Luis González Armengol, ha recalcado que "la Justicia no está en crisis, sino los que la critican". "Hemos comprobado que se ha tomado empeño por parte de la clase política en restar diferencias entre inversiones en otros sectores con el ámbito de la Justicia", ha indicado Armengol, quien ha dicho que lo económico no sólo es la solución del funcionamiento de la Administración de Justicia.
Además, ha reseñado que en España no sólo hay una excesiva carga de trabajo, sino un problema sobre la distribución de los Juzgados. Así, ha expuesto que el 65 por ciento de asuntos tramitados en los juzgados civiles de la capital se producen fuera de Madrid.
"Se necesita más imaginación en este tipo de situaciones. La inversión en Justicia propicia beneficios óptimos, pero se necesitan más medidas de agilización, especialmente en lo penal", ha indicado y ha abogado por la implantación generalizada de tasas judiciales en determinadas circunstancias para evitar pleitos que no van a ningún sitio.
Por su parte, el consejero del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid Joaquín Leguina ha reseñado que "la Justicia no es sólo un problema de jueces y funcionarios, sino que afecta a cientos de ciudadanos".
Además, ha recalcado la necesidad de contar con jueces y magistrados suplentes y sustitutos a la hora de hacer frente al elevado número de asuntos y más en la Comunidad de Madrid. Informó Europa Press.

Carmen
Fecha: 14/03/2011
Hora: 23:51
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Reforma Laboral Los trabajadores del campo equiparan sus derechos laboralesUnos 800.000 agricultores asalariados se integran en el Régimen General con un acuerdo "histórico"
trabajar en España cinco días a la semana y no tener derecho a paro ni estar protegido ante posibles accidentes laborales es posible. Las personas trabajadoras del campo y empleadas del hogar lo saben bien, aunque en el caso de los primeras la situación está a punto de cambiar. Hace unos días, Gobierno, patronales y sindicatos firmaron su integración en el Régimen General. Después de 20 años de negociaciones, sus derechos laborales se equiparan al del resto de trabajadores por cuenta ajena. No es así en el caso de las empleadas domésticas, que han visto cómo el debate sobre su integración se ha postergado en varias ocasiones.

En el campo trabajan unas 860.000 personas, según los últimos datos. Por primera vez, estos trabajadores cotizarán por su salario real. Además, y dada la naturaleza periódica de su trabajo, cotizarán tanto en periodos de actividad como de inactividad, "para permitir que tengan carreras de cotización más largas que generen mejores prestaciones y pensiones", explica el secretario de comunicación de la Federación Agroalimentaria de CCOO, José Fuertes.

Los trabajadores agrarios podrán, por primera vez, jubilarse anticipadamente
Hasta ahora, el 56,7% de las pensiones del Régimen Especial Agrario necesitaban complementos a mínimos para alcanzar la pensión mínima y las prestaciones por desempleo estaban muy por debajo de las del Régimen General. Las prestaciones de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural también se igualan.

Los trabajadores agrarios podrán acceder a la jubilación anticipada, algo que hasta ahora les era imposible, y cotizarán por formación profesional, como lo hacen el resto de asalariados. Su integración al Régimen General se hará paulatinamente hasta el 2032, año en el que la equiparación será ya completa, para evitar que las cotizaciones que pagan los empresarios se eleven de golpe.

A una de las principales patronales del sector agrario, COAG, que representa a cerca de la mitad de los trabajadores del campo, le parece "asumible" el esfuerzo que les pide la Administración, gracias precisamente a este periodo transitorio y "al tipo reducido especial" que se ha establecido para las cotizaciones de los empleados, explica el responsable de relaciones laborales de COAG, Andoni García Arriola, informa Ana Flores. Su única queja es no haber participado en las negociaciones, puesto que se ha dialogado directamente con la CEOE.

Cotizarán más, pero mejorarán todas sus prestaciones y sus pensiones
La secretaria de Política Social de UGT, Carmen López, señala que la integración es un "avance fundamental" en los derechos de estos trabajadores. También José Fuertes destaca "el acuerdo histórico": "Era un modelo de relaciones laborales caduco y obsoleto del cual sólo se beneficiaban los empresarios".

Carmen
Fecha: 15/03/2011
Hora: 20:03
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TRIBUNALES
El TSJCyL niega que la Diputación vulnere los derechos de una empleada que pidió cambiar el turno
La afectada, liberada sindical, solicitó trabajar de noche, un horario en el que, manifestó Pardo, «la percepción económica es más alta». Lo Social estimó la demanda de la trabajadora
Vota: Resultado: 11 votos 5 Comentarios Heraldo. Soria

El presidente de la Diputación Provincial, Antonio Pardo, informó ayer a los medios de comunicación de la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León acerca del recurso de suplicación interpuesto por la institución contra una sentencia del Juzgado de lo Social de Soria, de pasado 9 de diciembre de 2010.

En concreto, informó Pardo, una trabajadora de una residencia de la Diputación, «que se encuentra realizando tareas de representación sindical por lo que se encuentra liberada» de sus funciones solicita el cambio de turno al horario de noche. Un turno en el que «se tiene una percepción económica más alta».

>> Más información en la edición impresa del Hraldo de Soria que es la fuente

Carmen
Fecha: 16/03/2011
Hora: 23:46
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Los tribunales españoles ingresaron en 2010 menos asuntos aunque dictaron un 3,9% más de sentencias
(LA LEY 4919/2011)
Diario de Noticias, 16 Mar. 2011, Editorial LA LEY
Así consta en el avance del estudio 'La Justicia dato a dato', que será publicado el próximo mes de mayo. Madrid.- Los tribunales españoles ingresaron en el año 2010 un 1% menos de asuntos que el año anterior aunque dictaron un 3,9% más de sentencias, según consta en el avance del estudio 'La Justicia dato a dato', que será publicado el próximo mes de mayo.
La investigación revela que el número de asuntos que llegaron a los juzgados y tribunales de todo el territorio nacional durante el último ejercicio ascendió a 9.464.341, lo que representa un 1,1% menos en relación con los datos recogidos en 2009, a pesar de lo cual se dictaron 1.686.425 sentencias, lo que supone un incremento de un 3,9%. De esta forma, se resolvieron 9.322.623 asuntos y otros 3.274.762 quedaron en trámite al final del año.
Por jurisdicciones, la Penal registró el mayor número de asuntos ingresados con 6.673.484 (un 1% menos que el año anterior) y de sentencias con 735.364 (+1,1%). A continuación se situaron los juzgados de lo Civil, con 2.049.416 asuntos (+1,2%) y 502.162 resoluciones (+8,1%); los de lo Social con 453.623 (-6,3%) y 258.337 (+3,9%), respectivamente; y los de lo Contencioso-Administrativo con 287.572 asuntos ingresados (-9,3%) y 190.353 sentencias (+4,2%).
Los órdenes jurisdiccionales en los que ingresaron un menor número de asuntos fueron el Militar y las Salas Especiales del Tribunal Supremo, que se quedaron con 245 (-8,1%) y 33 (-45,7%) asuntos ingresados, respectivamente. De igual forma, los juzgados militares dictaron 199 sentencias (-4,9%) y las salas del alto tribunal 11
(-21,6%).
JURISDICCIÓN PENAL
Por lo que respecta a la Jurisdicción Penal, destaca el incremento del 31% que se registró en el número de sentencias dictadas en 2010 por el Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional, que alcanzaron las 73. La Sala Penal de este tribunal ingresó 3.188 asuntos, un 12,4% menos que el año anterior, e impuso 312 resoluciones, un 2,30% más que en 2009.
En el Supremo la Sala Segunda ingresó 4.558 asuntos, un 3,5% menos en relación con el ejercicio anterior, y dictó 1.264 sentencias, lo que representa un 6,3% menos que en el año precedente. Informó Europa Press.

Carmen
Fecha: 18/03/2011
Hora: 21:31
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El Tribunal Constitucional anula la competencia exclusiva de Castilla y León sobre la cuenca del Duero

El Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad y anuló el artículo que otorga a Castilla y León competencias sobre la cuenca del río Duero al estimar el recurso interpuesto por la Junta de Extremadura contra el nuevo Estatuto de Autonomía de la Comunidad.

Los magistrados del TC, reunidos en pleno, adoptaron esta decisión por unanimidad, según informaron fuentes del tribunal, que indicaron que se anula el artículo 75.1 del Estatuto de Autonomía castellano y leonés, que recogía las citadas competencias.

La Junta de Extremadura decidió presentar un recurso de inconstitucionalidad contra ese apartado del texto estatutario al entender que suponía la violación del artículo 149 de la Constitución, que establece las competencias exclusivas del Estado en materia de recursos hídricos que atañen a más de una región.

Extremadura cuenta con una pequeña parte de la cuenca del Duero, en concreto una superficie de unos 35 kilómetros cuadrados en los municipios cacereños de Robledillo de Gata y Descargamaría. La resolución integra del Constitucional será notificada en los próximos días.

El fallo hecho público este jueves se suma a la decisión adoptada esta misma semana por el Constitucional por la que también anuló las competencias exclusivas de Andalucía sobre la cuenca del río Guadalquivir. Esta decisión también fue adoptada al estimar un recurso de la Junta de Extremadura, esta vez contra la reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía.

Los regantes califican de «muy positivo» el fallo

El presidente de la Federación Nacional de Comunidades de Regantes (Fenacore), Andrés del Campo, considera muy positiva la decisión del Tribunal Constitucional

Carmen
Fecha: 18/03/2011
Hora: 21:32
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(Respuesta al anterior mensaje)

De esta forma, el presidente de los regantes recordó ayer que la administración del agua en cuencas intercomunitarias corresponde «única y exclusivamente» al Estado central a través de las confederaciones hidrográficas, tal y como recoge el artículo 149.22 de la Constitución Española y la Ley de Aguas.

Además, aclaró que el artículo anulado por el TC «pecaba claramente» de duplicidad competencial en perjuicio del principio de unidad de cuenca, al atribuirse la titularidad exclusiva sobre las aguas que, aunque atraviesan Castilla y León, pueden proceder de «la escorrentía de comunidades autónomas colindantes»; una situación que, en opinión de Fenacore, da lugar a la «contaminación política» de este recurso, doblegándose a «intereses localistas, lo cual podría derivar en una sequía estructural», añade en un comunicado.

Por último, el presidente de los regantes insistió en la necesidad de poner en marcha un Pacto Nacional por la unidad de cuenca, capaz de reforzar las funciones del Estado en materia de aguas y poner fin a la titularidad exclusiva sobre los ríos que «arbitrariamente» vienen atribuyéndose en estos últimos años las comunidades autónomas de Aragón, Cataluña, Castilla-La Mancha, Valencia y Castilla y León a través de sus reformas estatutarias por el mero hecho de transcurrir por sus territorios.

La Junta ve margen para su protagonismo en la cuenca.

Por su parte, la Junta de Castilla y León ve «margen« para tener protagonismo en las decisiones que se tomen sobre la Cuenca del Duero, después de la sentencia del Tribunal Constitucional que anula un apartado del Estatuto de Autonomía, fallo que acata y asume, aunque supone una «decepción colectiva» para la aspiración y el deseo de tener competencias sobre las aguas que nacen y discurren por la Comunidad Autónoma.

Ésta es la valoración que realizó el consejero de la Presidencia y portavoz de la Junta, José Antonio de Santiago-Juárez, ante el fallo emitido este mediodía por el alto tribunal, que precede al emitido sobre el estatuto andaluz y en ambos casos anula los artículos relativos a la competencia sobre las aguas.

El presidente de la Junta, Juan Vicente Herrera, convocará a los grupos de las Cortes, que fueron los que redactaron y aprobaron el Estatuto, en cuanto se valore la sentencia, que aun no han recibido, y buscará las fórmulas para atender el «deseo y la demanda» de la sociedad de la Comunidad sobre la competencia de las aguas de la Cuenca del Duero

Vicente
Fecha: 20/03/2011
Hora: 22:45
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El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña pide a los nuevos magistrados esfuerzo ante los recortes
(LA LEY 5038/2011)
Diario de Noticias, 18 Mar. 2011, Editorial LA LEY
Gimeno ha presidido este viernes la jura o promesa de 31 magistrados que han accedido al cargo mediante el cuarto turno. Barcelona.- El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), Miguel Ángel Gimeno, ha pedido a los nuevos magistrados un esfuerzo para que las restricciones en gastos y en personal no afecten al funcionamiento de la Administración de Justicia.
Gimeno ha presidido este viernes la jura o promesa de 31 magistrados que han accedido al cargo mediante el cuarto turno --juristas de prestigio con más de 10 años de ejercicio, que han pedido ejercer en Catalunya--, y ha dado la bienvenida a los que vienen de fuera de Catalunya, aunque la mayoría son nacidos o viven desde hace años en la comunidad.
Ha destacado que esta toma de posesión es un paso muy importante para Catalunya, donde "el número de vacantes es difícil de soportar" y ha recordado que se trata de personas que no solo han superado un examen, sino que su competencia está reconocida por su ejercicio como juristas durante años.
Ha agradecido el esfuerzo de la Conselleria de Justicia para formar a los candidatos y también por el acuerdo de personal alcanzado por el Govern, que coloca a Justicia en una situación "un poco mejor" a la del resto de conselleries.
También ha realizado una mención especial a la lengua y a la identidad catalana subrayando que el catalán es un factor clave de la cohesión social, y ha pedido a los magistrados que se esfuercen y tengan especial cuidado "con lo que representa para Catalunya sus señas de identidad". Informó Europa Press.

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