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DESDE HACE VARIOS AÑOS TODO QUEDA EN CASA, EL "CUÑAO" Y LA CUÑADA.
BOLETÍN Nº 54 - 6 de mayo de 2005
* II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
o 2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL
+ 2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones
UJUÉ
E D I C T O
La señora Alcaldesa-Presidente del muy ilustre Ayuntamiento de Ujué, Comunidad Foral de Navarra, en el día de la fecha, ha dictado la siguiente resolución:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto Foral 2568/1986, de 28 de noviembre, y de conformidad con cuanto antecede y lo dispuesto en el citado Reglamento,
He resuelto:
1.º Delegar en el Teniente de Alcalde, don Angel Remón San Martín las funciones de esta Alcaldía durante los días 24 a 28 de marzo del presente año, ambos incluidos.
2.º Publicar la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
3.º Dar cuenta de esta Resolución al Pleno en la primera sesión ordinaria que se celebre.
Ujué, 22 de marzo de 2005
La Alcaldesa-Presidente, María Jesús Zoroza Ugalde.
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RESPUESTA PUBLICADA EN DIARIO DE NAVARRA, 15 DE MAYODE 2009.
Sobre la Casa del Médico, en Ujué.
El pasado martes 20 de abril de 2009, en la sección Cartas de los lectores, de Diario de Navarra se publicó una carta de D.ªFelisa Sola Jurío, en relación con el estado de un edificio, en el cual se vierten una serie de afirmaciones, en base a unos hechos, que perjudican el buen nombre deL Ayuntamiento de Ujué.
El Ayuntamiento ha actuado y actúa siempre dentro de la más absoluta legalidad, ha iniciado los trámites de declaración de ruina del edificio, propiedad particular, en el cual evidentemente no podemos entrar. Es falso por lo tanto que el Ayuntamiento sea propietario del edificio.
El Ayuntamiento ni busca excusas ni dilata los expedientes, está sujeto a legalidad, la misma que la firmante, arriba mencionada, Dña. Felisa Sola Jurío, que pudo acudir a los Juzgados competentes para denunciar a los propietarios de la casa colindante. Sin embargo, quiere involucrar al Ayuntamiento por dos motivos; para no dar la cara y
para no gastarse ni un solo euro. Estas son las razones que no figuran en la carta publicada en el Diario de Navarra, por las cuales se intenta forzar que e lAyuntamiento, con el dinero de todos los vecinos de Ujué, realice las obras y ejecute la declaración de ruina. Estamos en un estado de derecho. El Ayuntamiento debe tener la seguridad jurídica de actuar conforme a Derecho, y los trámites administrativos
son largos, precisamente para garantizar esa seguridad jurídica que como Administración nos piden los administrados. Qué fácil es recurrir alAyuntamiento, que pague, y luego esconder la mano si hay problemas.
Espero que estas breves líneas sirvan para aclarar a todos los vecinos de Ujué y a todos los que siguen la sección de cartas de los lectores, la correcta actuación del Ayuntamiento de Ujué en est eexpediente.
MARÍA JESÚS ZOROZA UGALDE,
alcaldesa de Ujué
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CARTAS AL DIRECTOR EN DIARIO DE NAVARRA, DOMINGO 24 DE MAYO DE 2009.
Contestación a la alcaldesa de Ujué
Causa sorpresa y estupor la lectura de la carta de la alcaldesa de Ujué en esta misma sección porque aparecen en ella afirmaciones que nada tienen que ver con la realidad. Dice que el Ayuntamiento no puede ejecutar el derribo
de lo que queda de la “Casa del médico” por dos razones: 1ª:
porque ha iniciado los trámites para la declaración de ruina del inmueble. ¿Paraqué? Si dicha declaración ya está hecha. 2º: porque el Ayuntamiento no puede entrar ya que es propiedad de la Asociación “VivaFamilia”.
El Ayuntamiento no sólo puede sino que debe entrar y ejecutar el derribo ya que por ley le corresponde.
Ambas cosas aparecen en una resolución de alcaldía publicada en el B. O. N. nº 76 de 29 de junio de 2.007 y firmada por la alcaldesa. Transcribimos literalmente
algunos de los párrafos:
Visto el dictamen emitido por los servicios técnicos municipales de fecha septiembre de 2006, según el cual es procedente la declaración de ruina de edificio mencionado. RESUELVO:
1º -Declarar en estado de ruina total el edificio situado en la calle Villeta nº 16, parcela 160 del polígono
1 de Ujué, cuyo titular catastral es VivaFamilia S. A.
2º- Ordenar su demolición de acuerdo con el dictamen técnico
que seda por reproducido. La demolición requiere la obtención
dela previa licencia municipal de obras que deberá solicitarse en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la presente notificación. Si el propietario no
cumpliere lo acordado en la presente resolución lo ejecutará el Ayuntamiento a costa del obligado
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley
Foral35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
El mencionado artículo 196 especifica con claridad que es el
Ayuntamiento quien ejecuta, pero a costa del obligado, es decir de los propietarios del inmueble que son quienes deben pagarlo y no el Ayuntamiento con el dinero de los vecinos. Demostrado esto, las opiniones personales de la alcaldesa sobre los euros que no se gastan y la cara que no se da se descalifican por sí mismas, pues es evidente que carecen de todo fundamento y veracidad. Hemos seguido el procedimiento civil administrativo ordinario en estos
casos y hemos estado en todo momento asesorados legalmente.
En el artículo 196 de la ley ya mencionada en la resolución de alcaldía se dice también en el apartado 6: “Si existiere urgencia y peligro en la demora, el Alcalde, bajo su responsabilidad, por motivos de seguridad, dispondrá lo
necesario para asegurar la integridad física de los ocupantes y de terceras personas”. Mucha demora
(casi dos años) y mucho peligro para terceras personas (las
que ocupamos las casas colindantes, las que transitan a diario bajo una fachada con grave peligro de desprendimiento…..)
Y por último, añadir, que el prestigio del Ayuntamiento ni lo da ni lo quita nadie, es él mismo quien lo gana o lo pierde en función de sus actuaciones y con la asunción
de sus compromisos.
FELISA SOLA JURÍO, VÍCTOR SOLA JURÍO Y BELÉN SOLA JURÍO
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